RECOMENDACIÓN DE CNDH DESESTIMA
AGRESIONES A MUJERES Y A PERIODISTAS EN CASO NOCHIXTLÁN
·
Quedan ambiguos los
reconocimientos de tortura sexual y de agresiones a periodistas
·
Aunque reconoció el abuso de
autoridad y el uso excesivo e injustificado de la fuerza, la CNDH omitió responsabilidades
a nivel federal
·
Mecanismos de seguimiento precisos
serán fundamentales para evitar la impunidad
El pasado 17 de octubre la Comisión
Nacional de los Derechos Humanos emitió la Recomendación 7VG/2017 respecto a los
hechos del 19 de junio de 2016 en las comunidades de Nochixtlán, Telixtlahuaca,
Huitzo, Hacienda Blanca y Viguera en el denominado “Operativo Oaxaca”. Dicha
resolución de violaciones graves de derechos humanos fue dirigida exclusivamente
al Gobernador de Oaxaca, al Comisionado Nacional de Seguridad, al Procurador
General de la República y al Fiscal del Estado de Oaxaca; dejando al
descubierto responsabilidades de la Secretaría de Gobernación por violaciones a
los derechos de vida, integridad personal, interés superior de la niñez,
libertad, seguridad personal, recurso judicial efectivo, acceso a la justicia,
libertad de expresión.
Las organizaciones aquí firmantes
hemos documentado las violaciones graves de derechos humanos que desde las
esferas Federal y Estatal se realizaron aquél día en esos poblados, pero con
efectos extensivos en días y en lugares a víctimas que documentaron los hechos,
como el caso de periodistas. En el informe “Operativo
‘Oaxaca’, 19 de junio. Informe de Violaciones a Derechos Humanos” dado a
conocer en octubre de 2016[1],
dimos cuenta de diversos casos de malos tratos, tortura y tortura sexual cometida
por elementos de la policía federal y del estado de Oaxaca. No obstante, la
Recomendación de la CNDH si bien recoge testimonios de violencia sexual a
mujeres que fueron privadas de su libertad, no califica de tortura los hechos y
solamente establece como violado el derecho a la integridad personal.
La recomendación analiza la actuación
de las corporaciones policiacas, mismas que incurrieron en abuso de autoridad y
un uso de la fuerza no justificado, dado que no se respetaron los principios de
necesidad, legalidad y proporcionalidad. El hecho de que no haya imperado el
diálogo ni algún otro tipo de gestión política previa –a cargo de SEGOB y lo
cual no fue abordado en la Recomendación– para la resolución del conflicto fue
señalado por la CNDH, además de dar cuenta de cómo las diversas instituciones
federales y estatales obstaculizaron las investigaciones al negar que los
policías iban armados, que un helicóptero participó en los hechos y
respondiendo con generalizaciones, imprecisiones y contradicciones.
Si bien la Comisión Nacional da
cuenta de las afectaciones que vivieron niñas, niños y adolescentes, personas
de la tercera edad así como población en general, lo atribuye también a los
periodos de enfrentamiento que tuvieron las corporaciones policíacas en contra
de integrantes del movimiento magisterial. Esta aseveración da la idea de que
al conflicto asistieron en igualdad de circunstancias tanto el bando
magisterial como el de las corporaciones policiacas, cuando los segundos
cuentan con todo el equipo e infraestructura para garantizar la seguridad de la
gente, además de un marco jurídico sobre uso de la fuerza y respeto a los
derechos humanos.
El caso del “Operativo Oaxaca” del 19
de junio pasado demuestra el patrón de violencia que en casos similares ha
imperado en México. Pese a recomendaciones de derechos humanos que prevén la
reparación y la capacitación a funcionarios, las violaciones graves persisten
en conflictos de tal magnitud.
La recomendación también reconoce
obstaculización y agresiones al trabajo de personas periodistas, pero atribuyendo
en igualdad de circunstancias la responsabilidad tanto a corporaciones como a
miembros del magisterio. En el informe de las organizaciones referido así como
en el denominado “Cobertura
bajo fuego”[2] de
Artículo 19, se han documentado diversos ataques a periodistas no sólo en el
contexto del conflicto sino incluso con posterioridad a los hechos, en donde
también se llevaron a cabo robo de equipo y de información a periodistas que
cubrieron el evento. En ese sentido la resolución de la CNDH no abunda
suficientemente en los hechos de agresiones contra la prensa y simplemente los
menciona de manera somera, sin describir la tipología de las agresiones y la
calidad de los sujetos, que según nuestra documentación fueron mayoritariamente
por parte de policías federales y estatales.
La Recomendación de la CNDH instruye a
las autoridades responsables a reparar el daño ocasionado a las víctimas y sus
familiares, así como a la comunidad afectada a través de un plan de
restablecimiento del tejido social, a otorgar una disculpa pública, a seguir
colaborando en materia de acceso a la justicia y a la capacitación del personal
policíaco en situaciones similares.
La CNDH deberá de dar un efectivo
seguimiento al cumplimiento de la Recomendación y observar de manera proactiva
y diligente el proceso de búsqueda de justicia para las víctimas, ya que dada
la experiencia, los casos de violaciones graves a derechos humanos persisten en
impunidad.
Para mayor información:
· Artículo 19
comunicacion@article19.org
Cel. 55 2100 9008
·
Comité de Defensa
Integral de Derechos Humanos Gobixha A.C. (Código DH)
contacto@codigodh.org
Tel. 9515160802
·
Consorcio para el
Diálogo Parlamentario y la Equidad Oaxaca A.C.
contacto@consorciooaxaca.org.mx
Tel: 951 132 8996
·
Fundar, Centro de
Análisis e Investigación A.C.
dianaa@fundar.org.mx
Tel. 55543001 ext. 217
·
Lunas del Sur A.C.
lunadelsurac@gmail.com
Tel. 9515150592
[1] https://codigodh.org/wp-content/uploads/2016/11/Interiores_Info_nochix2016_completo.pdf
[2] https://articulo19.org/cobertura-bajo-fuego-violencia-contra-la-prensa-durante-protestas-en-oaxaca-y-cdmx/